
¿dudas respecto a su
Pensión?
Pensión de Sobrevivientes
Si un ser cercano a usted falleció puede tener protección. Reclamamos su pensión de sobreviviente o sustitución pensional, acreditando su calidad de beneficiario.
¿Le negaron la pensión de sobrevivientes? ¡Esto le puede interesar!
Si Colpensiones o los fondos privados le negaron la pensión de sobrevivientes porque no reunió algunos de los requisitos exigidos por la ley. Permítanos verificar su caso, en la mayoría de los casos podemos lograr que le otorguen su derecho.




Si el fondo de pensiones o la administradora de riesgos laborales… Le negaron la pensión de sobrevivientes porque existen varias personas reclamando ese derecho. Se debe acudir a un juez de la república quien es el encargado de determinar a quien de los reclamantes le corresponde ese derecho.
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¿Un familiar suyo falleció recientemente? ¡Entérese si tiene derecho a la pensión de sobrevivientes! ​La pensión de Sobrevivientes es el derecho que le corresponde a los beneficiarios del afiliado o pensionado de un fondo de pensiones o la administradora de riesgos laborales.
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Las personas que pueden tener derecho a la pensión de sobrevivientes son las siguientes en orden de prioridad:
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PRIMERO: Cónyuge o compañera (o) permanente e hijos menores de edad, mayores que estudien hasta los 25 años o hijos con discapacidad en un 50%.
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SEGUNDO: Padres que dependan económicamente del fallecido.
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Y TERCERO: Hermanos con discapacidad en un 50% que dependían económicamente del fallecido.
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Si la pensión de sobrevivientes le ha sido negada, permítanos revisar su caso.

¿Le fue negada la pensión de sobrevivientes a pesar de haber mantenido el matrimonio vigente? ​Podemos solicitar el reconocimiento de dicho derecho, ¡LE CONTAMOS CÓMO!
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Si a usted el fondo de pensiones o la administradora de riesgos laborales le negó la pensión de sobrevivientes a pesar de haber mantenido el matrimonio vigente pero no haber estado conviviendo al momento del fallecimiento ¡CONTÁCTENOS! En la mayoría de los casos puede solicitar el reconocimiento de dicha pensión por la vía judicial siempre y cuando se logre demostrar por lo menos cinco años de convivencia en cualquier tiempo.
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Permítanos revisar su caso.

¿Dependía económicamente de su hijo fallecido y le negaron la pensión de sobrevivientes? ¡No espere más! ​Esta información es para usted.
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Si es padre o madre de un hijo fallecido que estuvo afiliado o fue pensionado de un fondo de pensiones o administradora de riesgos laborales y usted dependía económicamente de él y le negaron la pensión de sobrevivientes, permítanos revisar su caso.