
¿dudas respecto a su
Pensión?
Pensión de Invalidez
Si tiene pérdida de capacidad laboral por una enfermedad o accidente. Contamos con especialistas que revisarán su historial clínico para realizar la calificación del estado de invalidez, apelaciones, demandas del dictamen y reclamaciones ante las Administradoras de Fondos de Pensiones.


Muchas enfermedades, aunque causan incapacidad desafortunadamente no logran llegar al 50% o más de pérdida de capacidad laboral, que se requiere para la pensión de invalidez.
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Y por fortuna en nuestro sistema pensional existe la posibilidad de acceder a una pensión anticipada de vejez por invalidez. Si cumple las siguientes condiciones podrá acceder a ella:
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1. Que la deficiencia física sea del 25%
2. Tener 55 años o más
3. Tener 1000 semanas cotizadas.
Si este es su caso consúltenos podríamos ayudarle obtenerla.


¿Tiene un hijo invalido o conoce a alguien que lo tiene? Esto le puede interesar… ​Conozca la Pensión especial de vejez por hijo invalido ¡Le contamos de que se trata! Si usted es padre o madre de un hijo con una INVALIDEZ igual o mayor al 50% puede solicitar la pensión especial de vejez por hijo invalido.
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Requisitos:
1. Reunir las semanas exigidas en Colpensiones 1300 o en el fondo privado el capital suficiente o excepcionalmente 1150 semanas sin importar la edad.
2. Dictamen de pérdida de capacidad laboral del hijo del 50% o más de invalidez.
3. Acreditar que se dedica al cuidado de su hijo invalido.
Si este es su caso contáctenos, podemos ayudarle.


¿Le negaron la pensión de invalidez? ¡Esto le puede interesar! Si Colpensiones, los fondos privados o una ARL le negaron la pensión de invalidez porque no reunió algunos de los requisitos exigidos por la ley. Permítanos verificar su caso, en la mayoría de los casos podemos lograr que le otorguen su derecho.
